Por: Sol A. Vázquez*
Introducción
Como consecuencia de desastres naturales recientes, la American Bar Association (“A.B.A.”) emitió la Opinión Formal 482 (2018), titulada Ethical Obligations Related to Disasters.[1] En la misma, la A.B.A. señala que ante un desastre natural, varios deberes éticos del abogado son especialmente indispensables, entre estos: (1) el deber de comunicación del abogado hacia el cliente; (2) el deber de competencia del abogado al ejecutar su labor profesional; (3) el deber del abogado de proteger la propiedad de su cliente que tiene bajo custodia; (4) el deber del abogado de ser consciente de los límites que conlleva tener una práctica multi-jurisdiccional, y (5) los deberes del abogado al anunciarse y solicitar clientes.